¿De que formas puedo rescatar el derecho económico?

El derecho económico podrá rescatarse de las siguientes formas:

a) Prestación en forma de capital: consistente en una percepción de pago único.

b) Prestación en forma de renta temporal hasta la total extinción de los derechos consolidados cuyo importe mensual constante determinará el beneficiario.

c) Prestación mixta en forma de capital-renta. Un primer pago en forma de capital y una renta temporal hasta la total extinción de los derechos consolidados cuyo importe mensual constante determinará el beneficiario.

 

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